Lo que propone, constituiría un error tributario.
Las facturas, deben tener debidamente discriminado el tipo de IVA, por todos y cada uno de los ítems contenidos en éllas.
Y, sí entiendo el problema del cálculo del IVA en las líneas y su posterior consolidación en los totales de las facturas, porque el redondeo de la tarifa de IVA (cuando son varias las tarifas en una factura), hace que no coincidan la suma de los IVAS en cada línea y el total hallado, aplicando el promedio de los IVAS al total de la venta. Lo que ha sucedido al respecto es que, la DIAN permite esas diferencias. Asegúrese del que el IVA total, sea el de calcular LaVentaNeta*TarifaPromedio, donde TarifaPromedio=Suma(IVASDeLineas)/Suma(VentaNetaLineas). Verá que hay una diferencia a veces notoria, pero que no causa rechazo ni notificación de la factura.