En la "reforma tributaria estructural" del 2016 (ley 1819) aparece el articulo 308, parágrafo segundo que dice:
Parágrafo transitorio 2°. Los contribuyentes obligados a declarar y pagar el IVA y el impuesto al consumo deberán expedir factura electrónica a partir del 1° de enero de 2019 en los términos que establezca el reglamento.
Eso incluye a todas las empresas del régimen común, incluidos quienes facturan vía POS.
Esta reforma tributaria es posterior al decreto 2242 que creó el modelo de facturación electrónica y al día de hoy no ha aparecido otra norma que la modifique en este aspecto.