Esperamos que encuentre la respuesta a su pregunta. Y si no, puede formularla para que los expertos de la comunidad la respondan.
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El responsable para todos los efectos del sistemta técnico de control de facturación electronica para la DIAN será siempre quien tiene la obligación de facturar, independiente de la forma como obtenga su solución de facturación. Respecto del término de custodia el articulo 6 del Decreto 2242 establece que es el mismo definido en el articulo 632 del ET.
Tomado del sitio de la DIAN: https://www.dian.gov.co/fizcalizacioncontrol/herramienconsulta/FacturaElectronica/Factura%20Electrnica/Preguntas_Frecuentes_Factura_Electronica.pdf
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