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por en Normatividad
Hasta donde yo tengo entendido, en este registro van todas las facturas, no solamente las que se hayan pagado. Entonces, si el registro MEP ahora es obligatorio, qué debo mandar si las facturas no se han pagado? les mando 1-Instrumento no definido?, que pasa si se pagaron con un anticipo?, que pasa si solamente están parcialmente pagadas?. Se puede mandar un 1 siempre?

1 Respuesta

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por
Hola.
No puedo identificar el término MEP que utiliza en la pregunta.
Sin embargo, le diré que:
1. En la generación de facturas electrónicas, se puede señalar si han sido pagadas con anticipos y hacer referencia a esos anticipos.
2. Que, en la factura electrónica, también debe señalarse si es pagada al contado, a crédito y con qué medios.

Por ahora, la DIAN, no exige que le entreguemos detalles de las transacciones derivadas a una factura electrónica, sino las que aumenten o disminuyan el valor mediante notas débito o crédito. Otras situaciones, como los abonos, los anticipos, los pagos parciales, entre otros, no hacen parte de la responsabilidad del facturador electrónico ante la DIAN.
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