Hola.
No puedo identificar el término MEP que utiliza en la pregunta.
Sin embargo, le diré que:
1. En la generación de facturas electrónicas, se puede señalar si han sido pagadas con anticipos y hacer referencia a esos anticipos.
2. Que, en la factura electrónica, también debe señalarse si es pagada al contado, a crédito y con qué medios.
Por ahora, la DIAN, no exige que le entreguemos detalles de las transacciones derivadas a una factura electrónica, sino las que aumenten o disminuyan el valor mediante notas débito o crédito. Otras situaciones, como los abonos, los anticipos, los pagos parciales, entre otros, no hacen parte de la responsabilidad del facturador electrónico ante la DIAN.