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Teniendo en cuenta que para determinar estas responsabilidades debe mediar resolución de la Entidad, ésta se considera una actualización de oficio, la cual solamente la puede realizar un funcionario de la DIAN; por consiguiente no está disponible un servicio para que los contribuyentes directamente actualicen la información en los servicios virtuales. 

Tomado del sitio de la DIAN: https://www.dian.gov.co/fizcalizacioncontrol/herramienconsulta/FacturaElectronica/Factura%20Electrnica/Preguntas_Frecuentes_Factura_Electronica.pdf

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